Reglamento del programa de conversión de Ahorro navideño a Certificado a plazo fijo
Artículo 1. Objeto
El presente reglamento tiene por objeto establecer las condiciones mediante las cuales los socios y socias de nuestra cooperativa podrán convertir sus ahorros navideños en Certificado a plazo fijo, bajo condiciones preferenciales.
Artículo 2.
Condición de elegibilidad
Para optar por este beneficio, el socio o socia deberá haber cumplido con un programa de ahorro navideño durante doce (12) meses consecutivos, realizando de manera regular sus aportes conforme a las políticas establecidas por la cooperativa.
Artículo 3.
Monto disponible para conversión
Al finalizar el período de ahorro, el socio o socia recibirá:
a) El total acumulado de las doce (12) cuotas ahorradas.
b) Una cuota adicional otorgada por la cooperativa como incentivo y reconocimiento a su disciplina de ahorro y fidelidad con la institución.
El monto resultante podrá ser destinado, total o parcialmente, a la constitución de un Certificado a plazo fijo.
Artículo 4.
Conversión a Certificado a plazo fijo
El socio o socia tendrá la opción de convertir su ahorro navideño en un certificado financiero con una tasa de rendimiento del catorce por ciento (14%) anual, sujeto a las condiciones establecidas en el presente reglamento.
Artículo 5.
Plazo mínimo
El Certificado a plazo fijo constituido bajo este programa tendrá una duración mínima de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su apertura.
Artículo 6.
Cancelación anticipada
En caso de que el socio o socia decida cancelar el certificado antes del vencimiento del plazo mínimo establecido, la cooperativa aplicará una penalidad equivalente al diez por ciento (10%) de los beneficios generados por el certificado, sin perjuicio de otras condiciones establecidas en los reglamentos financieros internos.
Artículo 7.
Disposiciones finales
La participación en este programa implica la aceptación plena de las disposiciones contenidas en el presente reglamento. Cualquier situación no prevista será resuelta por el Consejo de Administración conforme a la Ley No. 127-64 sobre Asociaciones Cooperativas y los Estatutos Sociales de la Cooperativa Generatio Nova, Inc.